“LIBROS CONTABLES EN EL PERU”

⇒¿Cuáles son los principales Libros contables que tienen obligación de llevar las empresas en nuestro País?

  • Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS: No habrá obligación de llevar libros contables. Solo debes conservar los comprobantes de pago que hubieras emitido y aquellos que sustenten las compras realizadas, en orden cronológico.
  • Régimen Especial de Renta – RER: Los únicos libros contables que estarás obligado a llevar son: Registro de Compras y Registro de Ventas. 
  • Régimen MYPE Tributario - RMT: Los contribuyentes del RMT deberán llevar los siguientes libros contables en función a sus ingresos:
✓Con ingresos anuales hasta 300 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado.
Con ingresos anuales mayores a 300 UIT hasta 500 UIT: Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.
Con ingresos anuales superiores a 500 UIT hasta 1700 UIT: Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.

  • Régimen General – RG: Los contribuyentes del RG deberán llevar los siguientes libros contables en función a sus ingresos:
✓Con ingresos anuales hasta 300 UIT(*): Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado.
✓Con ingresos anuales mayores a 300 UIT hasta 500 UIT: Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.
✓Con ingresos anuales superiores a 500 UIT hasta 1700 UIT: Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.
✓Con ingresos anuales superiores a 1700 UIT: Contabilidad Completa, que comprende: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Registro de Compras.

⇒¿Quién controla los libros contables en el Perú?

-El encargado de controlar los libros contables en el Perú, es el SUNAT. 


⇒¿Cuáles son los principales tributos que pagan los contribuyentes en el Perú?


  1. Impuesto a la Renta: Se determina anualmente y considera las rentas obtenidas durante un ejercicio gravable (aquel que comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre). Si bien el Impuesto a la Renta es de carácter anual, dependiendo de la categoría, se realizan pagos a cuenta o se efectúan retenciones mensuales. 
  2. Impuesto General a las Ventas (IGV):En el Perú, el Impuesto al Valor Agregado es conocido como el Impuesto General a las Ventas – IGV. La tasa general aplicable es 18%, que se compone de un 16% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado más 2% correspondiente al Impuesto de Promoción Municipal. 
  3. Impuesto a las transacciones financieras: Este impuesto grava transacciones (depósitos y retiros) realizados mediante el Sistema Financiero peruano2 . Es deducible como un gasto para fines del Impuesto a la Renta. Su tasa es 0.005%.
  4. Impuesto temporal a los activos netos: Este impuesto al patrimonio grava a los activos netos como una manifestación de la capacidad contributiva. Puede ser utilizado como crédito contra los pagos y regularización del Impuesto a la Renta. Es pagado por todos los contribuyentes que generan Impuesto a la Renta de tercera categoría, que hayan iniciado operaciones antes del 1 de enero del ejercicio fiscal actual y cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre (del año anterior) supere S/. 1 000 000. La tasa es 0.4% sobre el monto de los activos netos que exceda S/. 1 000 000.







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